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Resolución de la apelación de CSF por parte del Comité de Apelación del Nacional por Equipos

San José, 25 de mayo de 2010.

Señores Roberto Campos Sánchez, CSF
Alonso Jiménez, Goicoechea A
Email.

Asunto: Apelación de CSF contra el fallo de juez local del match Constructora-Goicoechea A del domingo 24 de mayo de 2010

Estimados señores:
Transcribo a ustedes el acuerdo unánime al que llegó la Comisión de Apelaciones del Campeonato Nacional de Ajedrez por Equipos de 2010, que en la parte dispositiva reza:

"Se evacua la apelación en los siguientes términos:

1) Hay un error de técnica legislativa en la redacción de la norma usada para asignar los puntos por ausencia, pues resulta ambigua en cuanto menciona al árbitro, pero no establece la obligación ineludible del equipo infractor de utilizar su alineación titular. De establecerlo, sí se inferiría necesariamente que el equipo infractor perdería los puntos en aquellos tableros mal alineados; pero en el presente caso no está redactado con la fuerza necesaria para llegar a tal extremo legal.

2) Hay una violación parcial al principio de publicidad en la norma, pues este extremo no se dio a conocer en las páginas oficiales del torneo, aunque sí se notificó a casi todos los equipos de la Liga Premier, entre ellos Constructora y Goicoechea. Aunque no constituye vicio de nulidad absoluta, cuando se aprecia el cuadro junto con el punto 1, sí perjudica la validez legal de la norma.

3) Al ser un tema de interpretación de la norma, ninguno de los equipos tiene culpa grave en lo sucedido, y el equipo de Goicochea no actuó incorrectamente, sino que invocó la regulación de la que tenía conocimiento.

Por tanto,

Se declara parcialmente con lugar la apelación presentada, y se decide que los equipos, por mutuo acuerdo, reprogramen la partida entre ellos. En caso de no haber acuerdo en el lapso de 24 horas luego de notificado el fallo, el Comité de Competición procederá a reprogramar el encuentro, de manera obligatoria para ambos equipos.

Mauricio Castro Solano
Pablo Bonilla Sequeira
Allan Machado Ramírez
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